1 décembre 2018
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Rodrigo Barcia Lehmann, « Las dos formas de custodia compartida en caso de que los padres no estén de acuerdo [primera parte] », Boletín mexicano de derecho comparado, ID : 10670/1.0fl8kw
Resumen: El presente artículo justifica la custodia compartida, aun con oposición de uno de los padres, como régimen legal supletorio preferente, pero sobre todo como régimen específico dentro de un sistema de custodia indistinta. La custodia compartida se sustenta en los derechos fundamentales de los NNA (principios del interés superior y corresponsabilidad), pero especialmente en estudios empíricos.