1 décembre 2020
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Claudio Fabricio Leiva, « La delimitación de la función preventiva de la responsabilidad civil en el Código Civil y Comercial Argentino », Revista IUS, ID : 10670/1.vokdu9
Resumen: En el presente trabajo, trataremos los fundamentos y los alcances de la función preventiva de la responsabilidad civil, teniendo en cuenta las discusiones doctrinarias que el tema ha generado. Concentraremos nuestro análisis en la delimitación de su consagración normativa en el Código Civil y Comercial de la Nación que rige en Argentina, desde el primero de agosto de 2015. Este cuerpo normativo dispone en el artículo 1708 la dualidad de funciones que se le asigna a la responsabi-lidad civil preventiva y resarcitoria, excluyéndose la función sancionatoria de esta regulación. Destacamos que se contempla en forma expresa el deber genérico de prevención, siendo necesario determinar los límites de su exigibilidad, es decir, a quién alcanza este deber. Para su concreción, el legislador ha determinado algunos lineamientos para el desarrollo de la prevención de los daños. Ello se refleja, asimismo, en el contenido de la sentencia judicial que admite una acción preventiva de daños. El juez debe ponderar los criterios de menor restricción posible y de medio idóneo para asegurar la eficacia en la obtención de la finalidad.