1 juillet 2014
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Juan María MARTÍNEZ OTERO, « VULNERACIÓN DEL HONORY LA PROPIA IMAGEN DE UNA PERSONA CON DISCAPACIDAD, POR NULIDAD DEL CONSENTIMIENTO OTORGADO PARA APARECER EN UN PROGRAMA TELEVISIVO DE CARÁCTER HUMORÍSTICO. COMENTARIOALASTC208/2013,DE 16 DE DICIEMBRE (RTC2013,208). », Iuris Tantum Revista Boliviana de Derecho, ID : 10670/1.vtduk4
RESUMEN: El consentimiento prestado por una persona con discapacidad para aparecer en un programa televisivo de carácter humorístico, que ridiculiza sus deficiencias, ha de reputarse nulo, aunque la incapacidad no haya sido declarada judicialmente. Por consiguiente, la emisión de dichas imágenes constituye una vulneración de sus derechos al honor y a la propia imagen.