1 décembre 2020
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Silvina del Carmen Furlotti Moretti, « El daño resarcible en el Código Civil y Comercial de la Nación Argentina », Revista IUS, ID : 10670/1.yjz4xe
Resumen: El objetivo de este trabajo es analizar cuál es la noción de daño resarcible que adopta el Código Civil y Comercial de la República Argentina; si es la lesión a derechos o intereses no contrarios al ordenamiento jurídico o las consecuencias dañosas de esa lesión. Las implicaciones prácticas de este análisis se observan en la cuantificación de los daños causados a la integridad psicofísica o fallecimiento de la persona humana. Es decir, si se indemniza la lesión en sí misma (en abstracto) o las consecuencias patrimoniales y no patrimoniales que ella proyecta sobre la persona damnificada (en concreto). Se analizará la doctrina y la jurisprudencia argentina para, finalmente, arribar a la conclusión de que el Código Civil y Comercial contempla un daño evento amplio, pero solo son resarcibles las consecuencias patrimoniales y no patrimoniales que dicha lesión provoca a la víctima.