17 mars 2021
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Arriagada Cáceres María Beatriz, « La clausura de los sistemas de normas jurídicas de competencia », Revus, ID : 10.4000/revus.6801
Este trabajo tiene dos objetivos: (i) Rechazar la tesis difundida e íntimamente ligada a la idea de Estado de derecho que, técnicamente formulada, afirma que los sistemas de normas jurídicas que determinan las competencias de las autoridades públicas son cerrados porque contienen una regla de clausura residual que dispone que las autoridades constituidas son incompetentes para realizar actos jurídicos normativos que no hayan sido expresamente incluidos entre sus competenciaspor la autoridad constituyente; expresada de otro modo, esta regla dispone que todo individuo cuyo estatus normativo no está expresamente sujeto a la competencia de una autoridad constituida por la autoridad constituyente, tiene una inmunidad frente a la autoridad constituida; y (ii) Defender la tesis (opuesta) según la cual aquellos sistemas son cerrados porque contienen una regla de clausura residual que dispone que todo individuo cuyo estatus normativo no ha sido expresamente excluido, por una inmunidad instituida por la autoridad constituyente, de la competencia de una autoridad constituida, está sujeto a ella. Para cumplir estos objetivos se reconstruyen las herramientas de análisis que han sido desarrolladas para demostrar que los sistemas de normas jurídicas regulativas son cerrados cuando contienen una regla de clausura residual que dispone que todo lo que no está prohibido, está permitido.