El derecho de resistencia en la modernidad otoñal

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1 août 2018

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Francisco Carpintero Benítez, « El derecho de resistencia en la modernidad otoñal », Revista de Estudios Histórico-Jurídicos, ID : 10670/1.174efx


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Resumen: El pensamiento aristotélico en Europa desde el Siglo 13, el contractualismo político jurídico ganó terreno. La Idea de contrato implica que la otra parte queda liberada de sus compromisos y este requisito, en el área de la política, comprende recurrir a la violencia moral o física. En segundo lugar, los teólogos y juristas españoles escolásticos aludieron con firmeza a este requisito contractual: pero sus teorías se perdieron a medida que avanzaba la época moderna. La teoría monárquica culminó en el siglo XVIII, y el autor estudia los trabajos de los principales abogados de este siglo en relación a sus actitudes ante la aplicación injusta del poder. Estos autores fueron irrelevantes porque a pesar de haber recalcado el origen contractual del poder rechazaron el derecho de resistencia contra la injusticia. Solo Daniel Nettelbladt parece haber atenuado este derecho de las gentes o populus.

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