1 janvier 2023
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Malena Proenza Reyes, « De la Constitución española a la Ley del Registro Civil, una experiencia para Cuba en materia de publicidad restringida », Revista de Derecho (Coquimbo), ID : 10670/1.3vs1n6
Resumen: La publicidad del Registro Civil no es absoluta. En sentido general, el respeto al honor y a la intimidad de las personas representan su principal límite a partir del reconocimiento que de estos derechos hacen tanto la Constitución española como la cubana. En este contexto es, por tanto, notorio que la Ley N° 51 (1985) del Registro del Estado Civil en Cuba, no disponga de un sistema de datos protegidos que ordenadamente sirvan como límite de su publicidad. Por lo que, valorar dicha situación constituye el objetivo del estudio, que toma como referente la organización del contenido de publicidad restringida que presenta el sistema registral español, a partir de las semejanzas que se observan entre las instituciones registrales de ambos países y, en especial, por la organización que alcanza esta materia en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil de España.