1 janvier 2009
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10.4067/S0718-00122009000200003
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Jorge del Picó Rubio, « EL MATRIMONIO RELIGIOSO EN EL RÉGIMEN JURÍDICO CHILENO: EL SISTEMA MATRIMONIAL CONSAGRADO POR EL ARTÍCULO 20 DE LA LEY N° 19.947 », Ius et Praxis, ID : 10670/1.4ci8am
El Derecho matrimonial chileno ha sido objeto de una reforma de gran magnitud, como consecuencia de la aprobación y entrada en vigor de la nueva Ley de Matrimonio Civil, de 2004. Una de las instituciones más relevantes, introducidas por la reforma, ha sido el reconocimiento legal de efectos civiles al matrimonio celebrado en forma religiosa, sustituyendo el sistema de matrimonio civil obligatorio vigente desde 1884, por el sistema facultativo de tipo anglosajón o protestante. Este trabajo proporciona una visión de conjunto de la institución del matrimonio religioso en Chile, entregando los antecedentes del contexto material de la ley, señalando las características del sistema de reconocimiento civil del matrimonio celebrado en sede eclesiástica, indicando la regulación de sus requisitos y en especial la exigencia de personalidad jurídica de Derecho público requerida a las entidades religiosas, el procedimiento legal para la celebración del matrimonio religioso y una referencia analítica a la producción de efectos civiles.