TIERRA, AUTONOMÍA Y ANCESTRALIDAD, UNA TRIADA DE PODER AL INTERIOR DE LA JURISDICCIÓN ESPECIAL INDÍGENA EN COLOMBIA

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2011

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Prolegómenos. Derechos y Valores




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Jacqueline Blanco Blanco, « TIERRA, AUTONOMÍA Y ANCESTRALIDAD, UNA TRIADA DE PODER AL INTERIOR DE LA JURISDICCIÓN ESPECIAL INDÍGENA EN COLOMBIA », Prolegómenos. Derechos y Valores, ID : 10670/1.4kc507


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"La Jurisdicción Especial Indígena es el más importante de todos los derechos conquistados por los indígenas colombianos en la Constitución Política de 1991, dado que ésta comienza siendo un marco territorial, al interior del cual se reconoce la práctica autónoma de gobierno, desempeño cultural, y administración fiscal y jurídica. Ciertamente el artículo 7º constitucional reconoce la diversidad cultural del pueblo colombiano, pero no establece la existencia de un sistema paritario, por el contrario, los 18 artículos considerados como "especiales" en razón a su pertinencia para la preservación de las comunidades indígenas, deben guardar absoluta correspondencia con la Constitución que si bien reconoce, protege y preserva la alteridad, lo hace a partir de unos parámetros legítimos que delimitan los niveles de autonomía, para terminar haciendo efectiva una condición de dependencia tanto a la sociedad mayoritaria como al propio Estado. La JEI se sustenta en el carácter original y natural de sus residentes, esto es, la protección a alguna forma de ancestralidad que aún perviva, lo que termina siendo una condición que dificulta el intercambio, la co-relación directa, especialmente en materia de participación y beneficios, no sólo para con la sociedad sino también para con el Estado."

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