2006
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Enfoques
Philip Pettit, « Non-consequentialism and Political Philosophy », Enfoques, ID : 10670/1.505f61...
Robert Nozick mostró cómo la teoría del derecho natural, por ejemplo la de John Locke, puede invocarse en defensa de una teoría libertaria del Estado. Aquí se sostiene que Nozick no demuestra que el hecho de invocar los derechos naturales sea una prueba contra el desafío consecuencialista. Se presenta un panorama sobre el no-consecuencialismo en teoría política, mostrando por qué la concepción adoptada por Nozick, basada en los derechos, es básicamente no-consecuencialista. Como teoría moral, el no-consecuencialismo existe en diversas maneras, tanto bajo la forma deontologista, como kantiana, contractualista, de las virtudes, de los teóricos del derecho y del egoísmo. Todas las variantes no-consecuencialistas establecen qué deben ser o hacer los agentes morales. En este sentido todas son universalistas. La diferencia fundamental entre los consecuencialistas y sus opositores es que en tanto cada parte privilegia determinados principios generales, difieren en cuanto a lo que tales principios implican.