NIÑOS Y NIÑAS INDÍGENAS EN LA JURISPRUDENCIA DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS

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1 janvier 2016

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MYLENE VALENZUELA REYES, « NIÑOS Y NIÑAS INDÍGENAS EN LA JURISPRUDENCIA DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS », Revista de Derecho (Coquimbo), ID : 10670/1.dewnws


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En el ámbito internacional se han reconocido progresivamente derechos específicos para ciertos grupos, entre ellos para los niños, niñas y pueblos indígenas. En esta evolución ha sido fundamental el trabajo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la que a través de su jurisprudencia ha elaborado criterios y consideraciones de la mayor relevancia que, aplicados de manera reiterada en situaciones similares, se pueden considerar como estándares de actuación. En los casos de niños indígenas, sus decisiones se han fundado en normas y principios de la Convención Americana en concordancia con la Convención de los Derechos del Niño, orientaciones y principios del Convenio 169 de la OIT y en algún caso, con la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, sin olvidar las consideraciones de género. Los niños indígenas poseen una identidad distintiva que los vincula con su tierra, cultura, idioma y religión. El reconocimiento de sus tradiciones y valores es cimiento de un Estado culturalmente diverso que le exige una protección especial que asegure efectivamente que se tomen en consideración sus particularidades propias.

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