2005
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International Law: Revista Colombiana de Derecho Internacional
Nicolás Zambrana Tévar, « El nuevo régimen español de arbitraje: orígenes y perspectivas », International Law: Revista Colombiana de Derecho Internacional, ID : 10670/1.fxo5b7
"La nueva ley Española de Arbitraje 60/2003 está inspirada enla ley modelo de la UNCITRAL de 1985 y recoge ademásdiversos avances que se han producido en materia de arbitrajedesde 1985, tanto en la UNCITRAL como en los países denuestro entorno. Los dos objetivos de la nueva ley son, por unlado, proporcionar un método eficaz de resolución de disputasque pueda ser utilizado tanto por empresas como por particularesy que pueda descargar de trabajo a los tribunales ordinarios ypor otro, que España se convierta en una atractiva sede dearbitrajes, sobre todo en el ámbito latinoamericano. En la leyse prevé un sistema monista, aplicando el mismo régimen tantoal arbitraje doméstico como al internacional, que es definidopor primera vez. Las principales ventajas de la nueva leyresiden en que se favorece el arbitraje internacional, conalgunos preceptos que lo hacen más flexible. Se exigen menosrequisitos para ser árbitro y para la validez del convenioarbitral y del laudo que se dicte. Se dan más poderes a losárbitros y sólo se permite la intervención de los órganosjudiciales ordinarios en casos muy específicos, donde seanecesaria la potestas del Estado. Asimismo, en relación conlos poderes del árbitro, la nueva ley positiviza el principiokompetenz-kompetenz, que da al árbitro competencia paradecidir sobre su propia competencia. Por otro lado, se da unacompleta libertada a las partes para elegir las normas jurídicasaplicables al fondo del asunto, en los arbitrajes internacionalesy para decidir las normas de procedimiento, con el único límitede las normas imperativas de la ley. Otra ventaja sustancial esque se permite la ejecución provisional de los laudos, estandopendiente la decisión sobre una acción de nulidad."