La conciliación obligatoria dirigida a entidades públicas como requisito para acceder a la segunda instancia judicial

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1 juin 2020

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Mario Cesar Tejada González et al., « La conciliación obligatoria dirigida a entidades públicas como requisito para acceder a la segunda instancia judicial », Prolegómenos - Derechos y Valores, ID : 10670/1.fzu3m8


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RESUMEN En el presente artículo se presenta un pormenorizado recuento histórico sobre el marco legal de la implementación de la conciliación como mecanismo alternativo de solución de conflictos en Colombia (desde 1921), así como un análisis doctrinal sobre el tema. De manera específica se presentan los resultados de la investigación realizada en la jurisdicción contenciosa administrativa del departamento del Huila (Colombia), en la cual se analizan la pertinencia y la efectividad de la audiencia de conciliación obligatoria que fue impuesta como requisito para admitir los recursos de apelación contra sentencias condenatorias del Estado colombiano. Dicha medida obligatoria fue consagrada en el artículo 70 de la Ley 1395 de 2010, por la cual se modificó en su momento el Código Contencioso Administrativo de 1984 y, posteriormente, se incorpora al nuevo Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, expedido en el 2011 y vigente hasta la fecha.

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