Las figuras asociativas como alternativa en los Agronegocios Agustín Cabral Martell

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"La normatividad de los agronegocios en México ha tenido gran auge a partir de las reformas a las leyes mercantiles, civiles y agrarias de 1991 y que han sido la base para su desarrollo. La antigua ley de crédito rural contemplaba de manera precisa a las figuras asociativas que se constituirían para los agronegocios, sin embargo, existían figuras asociativas en la legislación mercantil a las cuales estos productores no tenían acceso, frenando de esta manera la posibilidad de un desarrollo rural sustentable como actualmente se encuentra contemplado en la ley de desarrollo rural sustentable y ley de capitalización de Procampo. La normatividad mercantil mexicana se incorpora ahora a la normatividad agropecuaria dando paso a las múltiples opciones que el productor rural tendrá acceso tanto para satisfacer las necesidades actuales de agrupación nacional como para dar una respuesta ante las exigencias actuales en materia de agronegocios a nivel internacional. Los agronegocios son vistos bajo dos puntos de vista: el administrativo y el normativo, este último significa higiene estratégica para su desarrollo así como la disciplina que se exige dada la variedad de intereses que se ventilan al interior y exterior de un agronegocio. Por otro lado, el productor agroalimentario deberá limitarse a constituir la figura jurídica que más favorezca a sus intereses y crecimiento de su negocio tomando en cuenta sólo las consagradas en las leyes mexicanas, para que de esta manera pueda adquirir la personalidad jurídica necesaria y sobre todo, ser sujeto de crédito. Aunado a la normatividad mercantil para lograr los objetivos de este estudio es necesario considerar a la normatividad agraria, banca y finanzas, laboral, civil y profesional."

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