Jurisdicción ratione personae: las empresas estatales ante el arbitraje de inversión

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2022

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Revista Estudios Socio-Jurídicos




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ÉDGAR IVÁN LEÓN ROBAYO et al., « Jurisdicción ratione personae: las empresas estatales ante el arbitraje de inversión », Revista Estudios Socio-Jurídicos, ID : 10670/1.obe8oy


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"Al regular la jurisdicción del Centro, el artículo 25 del Convenio del CIADI determina la dimensión subjetiva de las controversias, limitándolas, exclusivamente, a aquellas que tengan lugar entre un Estado y un nacional de otro Estado contratante. No obstante, como consecuencia del crecimiento exponencial de la inversión pública internacional a través de empresas estatales, se plantea un debate interesante respecto de la posibilidad de que estas entidades adquieran ius standi ante los tribunales arbitrales de inversión. Si bien a partir del denominado ‘test de Broches’ los árbitros han permitido su comparecencia, es necesario establecer criterios adecuados y precisos que permitan clarificar la competencia ratione personae de los tribunales arbitrales de inversión en las controversias que involucren a las empresas estatales."

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