1 juillet 2014
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Raquel GUILLÉN CATALÁN, « LA VALIDEZ OBLIGACIONAL DE LA VENTA DE COSA COMÚN SIN EL CONSENTIMIENTO DE TODOS LOS COMUNEROS. COMENTARIO A LA STS 7/2013, DE 15 DE ENERO (RJ 2013,2276) », Iuris Tantum Revista Boliviana de Derecho, ID : 10670/1.p9bylw
RESUMEN: La venta de la totalidad de la cosa común hecha por uno de los comuneros, sin el consentimiento de los demás es válida, desde un punto de vista obligacional, sin perjuicio de que el contrato pueda ser anulado por el comprador, que desconocía dicha circunstancia, siempre que su error sea esencial y excusable.