1 juin 2016
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Rosa Mª. RAMÍREZ NAVALÓN, « El RD 594/2015, de 3 de julio por el que se regula el registro de entidades religiosas: a necessary reform », Iuris Tantum Revista Boliviana de Derecho, ID : 10670/1.vdvx0s
Resumen: En España la inscripción en el Registro de Entidades religiosas (RER) constituye una pieza fundamental para el desarrollo del ejercicio del derecho de libertad religiosa en el ámbito colectivo. Con la inscripción en el RER se acredita la tipicidad religiosa de los entes posibilitando la aplicación de un régimen jurídico especial y favorable. El presente trabajo tiene por objeto el estudio del RD 594/2015, de 3 de julio por el que se regula el Registro de Entidades Religiosas de España con el fin de valorar las novedades introducidas respecto de la normativa anterior. A tal fin analizaremos el ámbito subjetivo y objetivo de la inscripción, así como los presupuestos y efectos de la inscripción.