1 juin 2020
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10.22235/rd.vi21.2003
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María Bibiana Nieto, « Derechos personalísimos y autonomía progresiva del menor de edad en Argentina: sus derechos a la intimidad, al honor y a la imagen », Revista de Derecho (Universidad Católica Dámaso A. Larrañaga, Facultad de Derecho), ID : 10670/1.x6z439
Resumen: El Código Civil y Comercial de la Nación, vigente en Argentina desde 2015, establece que, en principio, los menores de 18 años ejercen sus derechos a través de sus representantes legales. Sin embargo, al adoptar el sistema de autonomía progresiva, los menores pueden realizar por sí mismos los actos que la ley establece, cuando han adquirido edad y grado de madurez suficiente. En este trabajo se examina la especial protección de los derechos personalísimos del menor, y el despliegue del principio de autonomía progresiva en el ámbito del ejercicio de los derechos de la personalidad, poniendo énfasis en los derechos a la intimidad, al honor y a la imagen.