1 août 2022
Ce document est lié à :
10.4067/S0718-00122022000200286
info:eu-repo/semantics/openAccess
Pilar Moraga Sariego et al., « El aporte jurisprudencial de los Tribunales Ambientales chilenos en materia de reparación del daño ambiental », Ius et Praxis, ID : 10670/1.xpn5nd
Resumen La ley de Bases Generales del Medio Ambiente introdujo la responsabilidad por daño ambiental en la legislación chilena, la cual da lugar a dos acciones (indemnización y reparación). En los noventa eran los Tribunales Ordinarios de Justicia los competentes para conocer tales acciones, sin embargo, luego de la reforma a la institucionalidad ambiental y particularmente, de la creación de los Tribunales Ambientales en el año 2012, las demandas de reparación por daño ambiental pasan a ser de competencia de la justicia especializada. Este cambio, habría significado, a nuestro juicio, un mayor desarrollo de esta institución en un sentido más protector del medio ambiente, derivado del carácter especializado de dichos Tribunales, compuestos por ministros abogados y ministros técnicos. Desde ahora se amplía el concepto de legitimación activa y presunción de responsabilidad por daño ambiental que contempla el artículo 52 de la ley 19.300, al mismo tiempo que se precisa el concepto de significancia del daño. Tal evolución legal y jurisprudencial se traduce en un mayor acceso a la justicia y eficacia de la acción de reparación por daño ambiental.