1 décembre 2015
info:eu-repo/semantics/openAccess
Adriana N. Abella, « Instrumentos públicos en el Código Civil y Comercial de la Nación Argentina », Revista IUS, ID : 10670/1.yhos0x
Los instrumentos públicos están enunciados y regulados en el Código Civil y Comercial de Argentina. Resulta de interés distinguir los instrumentos públicos según el agente y el contenido por sus consecuencias y efectos; mas todo instrumento público debe reunir ciertos requisitos que son esenciales. En especial es relevante la competencia del oficial público en razón de la materia, territorio y persona. Las causales de invalidez formal y sustancial del instrumento público se regulan en el Código nuevo con algunas innovaciones, así como la eficacia probatoria y la libre circulación en defensa de los derechos de los usuarios y consumidores, resguardado por normas Constitucionales y del Código Civil y Comercial Argentino. La firma en los instrumentos públicos y su proyección en el documento digital y electrónico se contempla con remisión a la ley especial de firma digital número 25.508.