1 janvier 2023
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10.22199/issn.0718-9753-5024
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María Karina Guggiana Varela, « Determinación anticipada de la vida útil del proyecto minero como esencial para la fijación de los límites temporales de la servidumbre legal minera y la cuantificación de las indemnizaciones a que tendrá derecho el propietario del predio sirviente », Revista de Derecho (Coquimbo), ID : 10670/1.ni1uo3
Resumen: La servidumbre minera es esencialmente transitoria. Ella está delimitada en virtud del aprovechamiento que se efectúe del predio dominante, por lo que resulta necesario que al momento de su constitución se determine anticipadamente la vida útil de la operación minera proyectada por el concesionario minero, lo cual permitirá identificar la extensión temporal del gravamen que se busca imponer al predio sirviente, como también, cuantificar adecuadamente los perjuicios que el titular de éste último tendrá derecho a percibir a título de indemnización. En la actualidad, se generan graves efectos jurídicos adversos a los intereses del propietario del predio sirviente, toda vez que al no existir normas legales que permitan establecer el límite temporal al momento de constituirse este tipo de servidumbres, se desnaturaliza la transitoriedad que les es característica, mutando a una inefable prolongación indeterminada de las mismas, lo que redunda, además, en la inespecificidad de los perjuicios que se deban resarcir al dueño del predio.